
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes
La Sociedad Anónima es una figura jurídica utilizada para ejercer actividades comerciales mientras que la FIP no puede perseguir fines de lucro (salvo excepciones), por lo que su principal objetivo es el de proteger el patrimonio.
La SA está compuesta por acciones y accionistas mientras que en la FIP existe la figura del fundador, el beneficiario o beneficiarios y el Acta Fundacional. El fundador es el creador de la fundación y el beneficiario es el que recibirá los beneficios del patrimonio fundacional (pudiendo coincidir fundador y beneficiario). El Acta Fundacional es un documento privado en donde se estipulan los beneficiarios, fucionado por tanto la FIP como una alternativa al testamento.
La FIP no presenta declaración de renta anual como sí lo hace la SA.
Normalmente entre 3-7 días.
Generalmente Sí. Pero tiene que tener en cuenta que requerirán su presencia física para abrir la cuenta y presentar toda la documentación solicitada por el banco.
Dependiendo del banco entre 15-30 días si se cuenta con toda la documentación requerida, de lo contrario habrá que solicitarla y por lo tanto el plazo de tiempo se prolongará.
4. ¿Es necesario tener residencia en Panamá para abrir una cuenta bancaria o comprar una propiedad.?
No, la residencia no es un requisito para tener relaciones comerciales en Panamá.
No, este impuesto fue derogado en Panamá desde 1969.
La FIP es mejor que un trust o un fideicomiso ya que contiene lo mejor de cada figura. El trust es una declaración de voluntad. El fideicomiso es un contrato. La FIP es una persona jurídica que permite la designación de beneficiarios, por lo que es un vehículo más idóneo para cualquier tipo de transacción.
Los cónyuges. Hijos menores de edad. Hijos hasta los 25 años, siempre que se demuestre que están estudiando.
No, según artículo 708 (12) del Código Fiscal de Panamá.